¿De qué se trata la nueva Ley de Plásticos de un solo uso?

Entrevista realizada a la profesora Valentina Durán, directora del Centro de Derecho Ambiental, por Copadas.cl, publicada el 01 de junio de 2021.

¿A dónde va lo que botamos a la basura? ¿Qué tan seguido compramos un café afuera del Metro o comemos con un tenedor de plástico? Casi todas las veces que compramos alimentos estamos consumiendo plásticos que muy probablemente irán a parar a un relleno sanitario.

Los llamados “plásticos de un solo uso” son desechables y difícilmente reciclables, ya que quedan contaminados con grasa o aceites de la comida que consumimos. Sin embargo estos plásticos son fáciles de evitar y reemplazables por tenedores, cucharas, botellas, etc. reutilizables.

Hace algunas semanas el Congreso de Chile aprobó la ley de plásticos de un solo uso para enfrentar su elevada producción. El objetivo de la nueva legislación es disminuir la circulación, desecho y fabricación de plásticos de un solo uso en el país.

En este contexto la abogada  Valentina Durán, profesora de Derecho Ambiental en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, directora de Espacio Público y consejera de Comunidad Mujer y del Centre for International Sustainable Development Law, conversó con Copadas.cl para explicar los cambios que establece esta nueva ley, qué ámbitos aborda y qué elementos deja fuera.

En primer lugar, si bien la ley ya se aprobó, aún no está publicada en el Diario Oficial. Una vez que la ley sea publicada, habrá un plazo de tres años para implementarse en su totalidad.

Sobre la nueva legislación y sus efectos en el océano, la abogada Valentina Durán explicó que “la ley de plásticos de un solo uso ayuda en evitar la contaminación de los mares, la contaminación de los distintos ecosistemas y también a disminuir nuestra huella de carbono”. Además, aclaró que si bien esta ley no resuelve la crisis medioambiental, sí es un aporte para disminuir la cantidad de residuos que producimos en Chile.

La crisis medioambiental

Un estudio de 2020 publicado por las organizaciones Océana y Plastic Oceans Chile reportó que entre los locales de comida y el delivery se producen 23.240 toneladas de plásticos de un solo uso al año. Esta cifra en toneladas equivale a 116 ballenas azules o la huella de carbono que dejaría un auto al dar la vuelta a la Tierra 5.300 veces.

¿Qué cambios habrá cuando entre en vigencia esta nueva legislación? Una vez que la ley esté publicada en el Diario Oficial, ya no se entregarán envases, bombillas, vasos y otros utensilios de plástico que se utilizan en restaurantes, cafés, delivery y comida rápida. No obstante, la ley permitirá el uso de utensilios compostables para delivery. Los utensilios compostables son aquellos que se biodegradan, ya sea de manera industrial o doméstica.

Sobre la puesta en marcha de la ley, Valentina Durán sostuvo que “es bueno que haya un periodo para que la sociedad se adapte y que esta ley de plásticos también sirva para instalar sistemas comunitarios de compostaje”.

Además la abogada y académica afirmó que considera un éxito la aprobación de esta ley, ya que junto con la legislación que prohibió las bolsas plásticas “provocan cambios culturales y cambios de conductas en la población”. En la misma línea, Valentina agregó que este tipo de leyes nos impulsan a modificar hábitos de consumo que comienzan a direccionarse hacia una economía más circular, mediante “disposiciones que no tienen que ver solamente con tener mayor reciclaje”.

Entonces ¿Qué implica esta nueva ley?

Según la iniciativa Circula el Plástico, la ley tiene cuatro ejes: eliminar la circulación de ciertos plásticos, promover plásticos verdes, “circular los plásticos” y educación.

  1. Eliminar la circulación plásticos de un solo uso: Ya no se podrán consumir alimentos o bebestibles en platos, vasos, bombillas, revolvedores, cubiertos, etc. de plástico.
  2. Promoción de plásticos verdes: Se permitirá el uso de utensilios de plástico compostable.
  3. Circular el plástico: Las botellas desechables deben estar compuestas por un porcentaje de plástico reciclado en Chile, además deben estar disponibles opciones retornables.
  4. Educación: El Ministerio del Medio Ambiente deberá educar sobre el impacto de los plásticos de un solo uso y promover el uso de reutilizables.

Sobre las botellas desechables, Valentina Durán comentó que si bien la ley no logró prohibirlas, los establecimientos deberán tener a disposición botellas retornables. Asimismo, la abogada rescató que la composición de las botellas desechables tenga que tener un porcentaje de plástico reciclado en el país.

Gestión de residuos

En Chile la gestión de residuos es regulada por la ley 20.920 de Responsabilidad Extendida del Productor (REP). Según Valentina Durán, esta ley significó un avance ya que involucra en la gestión de residuos a quienes elaboran prioritarios que de otra forma se irían a rellenos sanitarios.

Sobre una mejor gestión de los plásticos la experta apuntó a que “combinando la ley REP con esta nueva ley se promueven los empleos verdes y la industria de reciclaje nacional”.

Sin embargo, la abogada agregó que si bien la complementación de ambas leyes apunta a mejoras medioambientales, la ley REP “no aborda el problema de la localización de las instalaciones de residuos”. Esto provoca que los rellenos sanitarios se ubiquen en “terrenos de menor valor económico, lo cual termina entonces castigando a determinadas zonas” explicó la abogada, al referirse a lugares como Tiltil o Talagante.

La abogada subrayó que esto cambiará cuando los planes regionales de ordenamiento territorial sean vinculantes y establezcan lineamientos para la localización de estas instalaciones.

¿Qué nos falta?

En el contexto del proceso constituyente, Valentina Durán destacó la relevancia de la Constitución en asuntos medioambientales. La nueva Carta Magna deberá establecer “nuestra relación con la naturaleza y cómo se van a reforzar los derechos fundamentales relacionados con el derecho a un medio ambiente sano”.

La abogada y académica señaló que hoy en día existen ciertas debilidades institucionales relativas a asegurar un medio ambiente libre de contaminación. “Se han puesto de manifiesto algunas omisiones o insuficiencias en el actuar del Estado para asumir responsabilidades”, puntualizó la abogada sobre la contaminación.

Con respecto a la actual institucionalidad, según Valentina Durán la Superintendencia del Medio Ambiente “tiene facultades limitadas y pocos recursos”. Por último, en este contexto es necesario preguntarse ¿Hay garantías suficientes y un fomento adecuado del resguardo del medioambiente y la naturaleza en Chile?

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