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Nueva edición de libro sobre caso fortuito o fuerza mayor aborda la pandemia del Covid-19

Esta nueva edición está motivada por la pandemia del Covid-19, que ha significado una crisis a nivel sanitario, social y económica a gran escala.Un naufragio, un terremoto, actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, son los ejemplos que se entregan por el Código Civil respecto del caso fortuito o fuerza mayor, ese "imprevisto a que no es posible resistir", cuyo principal efecto es exonerar de responsabilidad a la parte que, afectada por ese evento, incumple, total o parcialmente, su obligación. 

La pandemia de coronavirus (Covid-19) que afecta a Chile y al mundo por tantos meses, ¿puede o no ser calificada como tal evento?, ¿la cuarentena obligatoria puede constituir un evento de fuerza mayor si impide el cumplimiento del contrato?, ¿es posible que la pandemia lleve a la extinción de la obligación contractual?, ¿en qué contratos?, ¿cómo distinguir entre un cumplimiento más oneroso y la imposibilidad de cumplir?

Con el objetivo de abordar e intentar responder estas interrogantes, se acaba de lanzar la tercera edición del libro del profesor Mauricio Tapia, del Departamento de Derecho Privado, titulado "Caso fortuito o fuerza mayor" (Thomson Reuters, mayo 2020), disponible en su versión digital en el sitio de la editorial

Esta nueva edición está motivada justamente por la pandemia del Covid-19, que ha significado un descalabro sanitario, social y económico a gran escala, que afecta y seguirá afectando el cumplimiento de innumerables acuerdos. A esto, deben sumarse las decisiones de autoridad, luego de la declaración del Estado de Catástrofe, ordenando cierres totales o parciales de comercio y empresas, toques de queda, cuarentenas obligatorias, bloqueos de fronteras, cordones sanitarios. Todo esto tiene un impacto directo en los diversos contratos, cuyas obligaciones pueden verse suspendidas, imposibilitadas de forma definitiva o volverse más dificultosas u onerosas.

Es por esto que esta edición incorpora un nuevo capítulo final, titulado "Covid-19 y caso fortuito", que examina diversas cuestiones: analiza si esta pandemia reúne en abstracto los tres requisitos del caso fortuito (imprevisibilidad, irresistibilidad y exterioridad); y realiza el mismo análisis respecto de las decisiones de autoridades adoptadas como consecuencia de la pandemia, las que han prohibido o limitado el desplazamiento, conduciendo al cierre de empresas, comercio y establecimientos educacionales. 

En atención a que muchas dificultades en el cumplimiento de contratos no llegarán a configurar una hipótesis de caso fortuito, examina figuras cercanas que sí podrían aplicarse en casos calificados, como la teoría de la imprevisión y la frustración del fin del contrato. Por último, aplicando este mismo análisis, se incorpora una revisión de la situación en que podrán encontrarse diversos contratos: de trabajo, de arrendamiento (inmuebles para vivienda y locales comerciales), de educación, de crédito (consumo e hipotecarios), de construcción, de promesa de compraventa, de consumo (prestaciones de servicios), así como en la contratación administrativa y, además, la Ley de suspensión de plazos judiciales y su efecto en los contratos.
 

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