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Egresada Catalina Fernández gana certamen de Justicia Internacional Penal

Egresada Catalina Fernández gana certamen internacional

El pasado nueve de octubre, Catalina Fernández, ALUMNI generación 2009, fue elegida ganadora de la VI Edición del Certamen Blattmann, Odio Benito y Steiner sobre Justicia Internacional Penal con su ensayo titulado "Los crímenes de violencia sexual cometidos al interior de un grupo armado: el caso de los niños soldados en Fiscalía Bosco Ntaganda".

¿Cómo te enteraste del concurso?

Me enteré del concurso por dos lados: uno fue la profesora María Teresa Infante, quien fue mi profesora de Solución de Controversias Internacionales y además mi profesora guía en la competencia Jessup, cuando era estudiante, y la otra fue la profesora Claudia Cárdenas, quien fue mi profesora de Derecho Penal Internacional, de quien fui ayudante por varios años y quien además me guio la tesis.

¿Qué te motivó a escoger el tema?

La verdad siempre me ha interesado mucho el Derecho Internacional en general y el Derecho Humanitario en particular. Creo que la idea de poder establecer reglas en la guerra, un periodo que pareciera por definición excluido del estado de derecho, es muy interesante. Sin embargo, en general el derecho humanitario ha restringido la protección a los civiles y en casos muy limitados también a los combatientes del grupo contrario.

Era eso último lo que era tan fascinante de la última decisión de la Corte, sobre la que escribí el artículo, pues lo que la Corte sostuvo es que los crímenes cometidos al interior de un grupo armado, entre miembros del mismo grupo, también son de relevancia para el derecho humanitario y pueden constituir crímenes de guerra. Y eso es algo muy novedoso.

¿Cuál crees que es la principal problemática de este trabajo?

En mi trabajo yo presento varias críticas a la decisión de la Corte, pues no creo que sea una correcta interpretación del derecho aplicable, y en particular, me parece que la Corte fue poco respetuosa del principio de legalidad. Creo que una cuestión es la discusión sobre lo reprochable que son las conductas cometidas (la violencia sexual contra niños soldados), y otra es la pregunta de si la Corte en particular tenía jurisdicción para conocer de dichos crímenes, y en relación con ello, si ellos son crímenes de guerra. Frente a esas atrocidades, es fácil perder de vista que estamos lidiando con derecho penal, y que en consecuencia, el mero hecho que la conducta nos parezca censurable e incluso inhumana no es razón suficiente para considerar que la Corte Penal Internacional puede conocer de ella.

Sin perjuicio de las críticas, me parece que la decisión muestra una evolución significativa en el derecho humanitario, que sin duda tendrá consecuencias en futuras decisiones de la Corte Penal Internacional y también de otros tribunales, nacionales e internacionales. Ello, especialmente considerando que trata la situación de violencia sexual contra niños soldados, que es un grupo especialmente protegido en el derecho internacional.

¿Dónde será publicado? ¿Cómo se podrá acceder al texto?

El artículo será publicado en el Volumen VI del Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal, que se editará en el año 2018. El anuario está disponible en internet. Además, parte del premio es que me invitaron a La Haya, en Holanda, a presentar mi trabajo en el marco del V Seminario Ibero-Americano de Pensamiento sobre Justicia Internacional. Eso será en la semana entre el 4-8 junio de 2018.

¿Pudiste leer otros trabajos? ¿Qué te llamó la atención?

Este año se eligió al primer y segundo lugar, pero lamentablemente no he podido acceder aún al texto que salió segundo pues recién se publicará junto con mi trabajo en el año 2018. Si pude leer algunos de los artículos que fueron seleccionados los años anteriores. De hecho, en la segunda edición del certamen había otro ensayo sobre violencia sexual contra niños soldados, aunque analizando otra decisión de la Corte.

Además de ello, lo que me parece más interesante es que muchos de los ensayos que han sido elegidos ganadores tienen mucho que ver con la experiencia latinoamericana, y de hecho hay varios ensayos sobre los conflictos armados en diversos países de Latinoamérica.

¿Cómo relacionas tu tema con los casos que puedes encontrar en Chile?

Es cierto que, a primera vista, estar estudiando decisiones de la Corte Penal Internacional vinculadas a conflictos ocurridos en la República Democrática del Congo parece tener poco que ver con Chile.
Sin embargo, Chile es un Estado Parte del Estatuto de Roma y de la Corte Penal Internacional. Y no solo ello, sino que la Ley N° 20.357 tipificó como crímenes los mismos crímenes que se incorporan en el Estatuto de Roma, incluyendo los crímenes de guerra –aunque con algunas variantes respecto del Estatuto de Roma-. En ese sentido, creo que lo que pase en la Corte no puede ser irrelevante.

Además, no solo vivimos en un mundo donde siguen ocurriendo conflictos armados, sino que estamos en un continente donde los crímenes de lesa humanidad y de guerra son parte de nuestra historia reciente. Por lo mismo, conocer el derecho humanitario –y las decisiones de la Corte que, como es el caso de mi trabajo, amplían el campo de protección del derecho humanitario- tiene vital importancia.