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Académicos analizan fallo que rechaza concesión de servidumbre minera en pos del desarrollo de energías renovables

Académicos analizan fallo de la CS en torno a concesión minera

En el marco del Ciclo de Seminarios de Jurisprudencia organizado por el Departamento de Derecho Privado, el pasado 13 de diciembre se analizó el fallo de la Corte Suprema mediante el cual se rechazó la concesión de una servidumbre minera a Compañía Minera Arbiodo Chile, la cual era titular de la concesión de explotación minera sobre el mismo predio objeto de la concesión solicitada.

El rechazo de la Corte fue considerado polémico, pues se fundó directamente en la función social de la propiedad, y a partir de ello, privilegió la destinación que a dicho terreno había dado el Ministerio de Bienes Nacionales, y en virtud del cual, se estaba desarrollando el proyecto Parque Eólico Taltal.

El panel de discusión estuvo integrado por los profesores Ernesto Vargas y María Agnes Salah, del Departamento de Derecho Privado; Ximena Insunza, investigadora del Centro de Derecho Ambiental (CDA) y Ministra suplente del Segundo Tribunal Ambiental; y Matías Guiloff, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales.

La importancia recae en que el fallo del Máximo Tribunal constituye un precedente en materia de conflictos entre el titular de una concesión minera y el dueño del predio superficial, incluyendo como factor de resolución de los conflictos a la función social de la propiedad, más allá de la ponderación sobre el beneficio que cada una de las actividades reporta a la economía, y contrariando lo que la doctrina y jurisprudencia ha sostenido en materia de servidumbres de tipo forzosas.

En este sentido, el expositor Ernesto Vagas preciso su impresión respecto a lo criticable de este manifestando que “lo que procedía era que la administración ejerciera la potestad expropiatoria, ya que se trataría de una afectación a nivel de derechos concretos, que privaría de toda utilidad práctica a la concesión minera y, como tal, daría lugar a una indemnización para el propietario minero. Sin embargo, esa decisión no compete a los órganos que ejercen jurisdicción, sino que a la administración”.

Según el profesor Hugo Cárdenas Villarreal, coordinador de Extensión del Departamento de Derecho Privado, con esta actividad “se da por finalizado un primer y exitoso Ciclo de Seminarios de Jurisprudencia, y como la instancia contó con una creciente participación de académicos, estudiantes, y profesionales de diversas áreas, ya se proyecta continuar con un segundo ciclo de seminarios durante el mes de abril del próximo año”.