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Macarena Meléndez, Ayudante Ad-honorem del Centro de Derecho Ambiental

Conservación de la diversidad biológica v/s explotación de recursos naturales: a propósito de la prórroga del DL 701 de fomento forestal

Prórroga del DL 701 de fomento forestal

La protección de la biodiversidad siempre se ha visto enfrentada a la explotación de recursos naturales, siendo una situación evidente en Chile, donde gran parte de su PIB depende de la exportación de materias primas. La visión tradicional de fomento productivo se opone a la de desarrollo sustentable, definido como “la utilización de componentes de la diversidad biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la disminución a largo plazo de la diversidad biológica, con lo cual se mantienen las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras”1. Lamentablemente en nuestro país este modelo ha tenido poca aplicación en la práctica.

Reflejo de lo anterior es lo que ha ocurrido en torno a la prórroga del DL 701, sobre fomento forestal, el cual se encuentra en actual tramitación en el Congreso, y cuenta con el primer informe de la Comisión de Agricultura, en el que no se efectuaron mayores reparos2.

El DL 701 del Ministerio de Agricultura, de 1974, modificado por el DL 2565 de 1979, tiene por objeto el establecimiento de una serie de beneficios tributarios y bonificaciones a quienes realicen actividad de forestación en suelos de aptitud preferentemente forestal y suelos degradados. Luego, a través de la Ley N° 19.561 de 1998, se realizó una nueva modificación para incluir al pequeño propietario forestal en los beneficios. El año 2011, a través de la Ley N° 20.488, se prorrogó por dos años los incentivos del Decreto, estableciendo una bonificación para los pequeños y medianos propietarios del 90% y 75% sobre el costo neto, respectivamente, y a los grandes propietarios del 50% sobre el mismo indicador. Actualmente, una nueva prórroga se está discutiendo en el Congreso, que permitiría que dichos beneficios se extendieran por un período de 3 años.

Hasta acá uno podría preguntarse por qué es negativo el proyecto, máxime si establece la obligación de reforestar cada vez que se talen los bosques. El problema del DL 701 es que no hace distinción alguna entre plantar especies nativas o introducidas, siendo que la elección entre una y otra no es indiferente para la preservación de la biodiversidad. En efecto, los bosques nativos constituyen importantes productores de servicios ecosistémicos3, como la regulación y provisión de agua en calidad y cantidad, la captura de carbono, la conservación de suelos y de la diversidad biológica, sin mencionar las oportunidades para el turismo y la recreación4. Lamentablemente, la visión tradicional de los bosques como proveedores de leña y madera ha limitado la valoración de los otros servicios que prestan5. Por otra parte, la reforestación con especies foráneas genera una serie de problemas, entre los que se pueden mencionar:

Dificultades en el abastecimiento de agua potable, tanto en cantidad como en calidad. Estudios recientes, desarrollados en cuencas forestales del centro-sur de Chile, demuestran que “un aumento en 10% de plantaciones forestales de rápido crecimiento en pequeñas cuencas (140-1900 ha) reducen en un 20,4% los caudales de verano”6 7. Lo contrario ocurre con la plantación de especies nativas: un aumento del 10% en el porcentaje de la cuenca cubierta por bosque nativo produciría un incremento del 14,1% en el caudal de verano.

Aumento de incendios forestales. Esto se produce por la inflamabilidad de las plantaciones foráneas, su homogeneidad y las altas cargas de combustibles que generan, lo que se ve agravado por la fragmentación del bosque nativo chileno, que tiene gran importancia a nivel mundial para el mantenimiento de la biodiversidad8.

Por otra parte, la restauración del bosque nativo constituye una de las medidas de adaptabilidad al Cambio Climático más efectivas, permitiendo recuperar el servicio ecosistémico de provisión de agua. Así, la prórroga iría en la dirección contraria a los compromisos adoptados por Chile a raíz del Convenio Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

En conclusión, parece ser que no se justifica la prórroga del Decreto, especialmente si se utilizan recursos públicos, pues la degradación de la biodiversidad y los problemas de desarrollo social que se pueden generar producirán un alto costo ambiental para el país. Por otra parte, el único instrumento que incentiva la conservación del bosque nativo, cual es la Ley de Recuperación del Bosque Nativo (Ley 20.283) adolece de varias limitaciones, lo que se ve reflejado en las bonificaciones que ofrece, menores a las del DL 701, y que además son el doble para fines madereros (10 UTM), con respecto a actividades no madereras y bosques de preservación (5 UTM). En ese sentido, una política y legislación coherente con la visión de desarrollo sustentable sería una solución para poder conciliar la conservación de la biodiversidad y el desarrollo económico, la que pareciera estar ausente en la actual discusión.

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1 Artículo 2° Convenio sobre la Diversidad Biológica.
2 Boletín del proyecto N° 10064-01
3 Los servicios ecosistémicos o ambientales pueden definirse como: “las funciones del ecosistema que permiten satisfacer una serie de necesidades humanas de manera directa e indirecta (….), siendo éstos cruciales para el desarrollo económico y el bienestar social” Lara, A., Urrutia, R., Little, C., & Martínez, A. (2010). Servicios ecosistémicos y ley del bosque nativo: No basta con definirlos. En: Revista Bosque Nativo, 47(1), 3-9.
4 Little C., Lara A. 2010. Restauración ecológica para aumentar la provisión de agua como un servicio ecosistémico en cuencas forestales del centro-sur de Chile. En: Revista Bosque (Valdivia), 31(3), 175-178.
5 Lara, A., Urrutia, R., Little, C., & Martínez, A. (2010). Servicios ecosistémicos y ley del bosque nativo: No basta con definirlos. En: Revista del Bosque Nativo, 47(1), 3-9.
6 Estos resultados se sustentan fundamentalmente en la alta demanda evapotranspirativa por parte de plantaciones de Eucalyptus spp. y Pinus spp.
7 Little, C., & Lara, A. (2010). Restauración ecológica para aumentar la provisión de agua como un servicio ecosistémico en cuencas forestales del centro-sur de Chile. En: Revista Bosque (Valdivia), 31(3), 175-178.
8 Adicionalmente, deben considerarse una serie de efectos sociales adversos, como la concentración de la propiedad producto de la compra de pequeños terrenos rurales, la precariedad del empleo que genera la actividad forestal, y la mantención de las condiciones de pobreza. Estas y otras objeciones se pueden encontrar en: Opinión de Científicos de la Universidad Austral de Chile respecto a Proyecto de Ley sobre Prórroga del DL 701 (Mensaje N° 346-363 del 15/5/2015). Enviado a la Comisión de Agricultura el 6 de julio del 2015.