"Sobre el Convenio 190 O.I.T." - María Eugenia Montt

El lunes recién pasado la Comisión Normativa de la OIT aprobó los contenidos del que será el Convenio N° 190 de dicho organismo, si la Conferencia Internacional, en su reunión N°108, a celebrarse el viernes 21 de junio en curso, le da su aprobación, convirtiéndose así en un instrumento de carácter universal sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo.

La aprobación de este Convenio marcará un hito importante en la materia, especialmente en una fecha en que el organismo internacional cumple 100 años de existencia colaborando, estimulando, influyendo y permitiendo que la normativa laboral haya evolucionado en aras del respeto y compensación equitativa del trabajo humano. Lo dicho, no solo satisface a los trabajadores organizados, sino que estimula a todos quienes se sienten afectados por diversas malas prácticas, para exigir a sus gobernantes la incorporación de esta normativa a los cuerpos legales que regulan la prestación de servicios.

La labor diaria desarrollada en un ambiente de tranquilidad y respeto, genera –a su vez- un clima laboral sano que evita la generación de síntomas y efectos perniciosos. Esto no constituye una quimera inalcanzable, sino que es una obligación en los tiempos que se viven y una necesidad para enfrentar los cambios que, de toda índole, amenazan al ser humano en estos tiempos y sin distinción alguna, afectando la salud física y mental del trabajador, alterando, además, las relaciones laborales y la estabilidad familiar.

Lo dicho llama a todos los actores de la humanidad, sin distinguir latitudes, continentes, regiones, países, razas, religiones, sexo, situación etaria u otros, a razonar en cuanto a la situación de vida del momento y en que uno de sus aspectos lo constituye el ámbito laboral, el que puede generar un clima interno en sus áreas de trabajo que los mantendrá con una postura y fuerza suficiente para enfrentar esta problemática.

Por otra parte, al tenor de lo referido, todos los intervinientes de nuestra sociedad, y en especial quienes tienen el poder, la capacidad y los medios para actuar, deben reflexionar sobre el ambiente laboral en que se prestan los servicios y de los cuales se generan efectos secundarios que afectan el desarrollo psicológico de los hijos, las relaciones entre los padres, el ambiente familiar y laboral y la calidad de vida de los ciudadanos.

Conocemos el contenido del Convenio N° 190 en cuanto busca, en general, la erradicación de la violencia y el acoso en el ámbito laboral y en otros en que los habitantes de este planeta debemos desenvolvernos, desde el más pequeño hasta el anciano premiado por la longevidad, pero una vez aprobado su contenido integralmente, será posible que nos adentremos en todo cuanto contiene y analicemos, en relación con las circunstancias de hecho y de derecho, estén estas últimas vigentes o sea necesaria la creación y/o promulgación de las mismas, con el objeto de que sean efectivamente aplicables y generen un ambiente y estructura laboral que beneficie a toda la comunidad y, en especial, a su pilar masivo constituido por los trabajadores del mundo, en todas y cada una de las áreas o especialidades en que se desempeñan.

Ese es nuestro compromiso, en aras de colaborar en forma seria y responsable, de estudiar y analizar este nuevo cuerpo normativo internacional que esperamos sea una herramienta de protección, avance y desarrollo sustentable en todos nuestros países, regiones, latitudes, continentes y, en general, en éste, nuestro planeta tierra.

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