Tribuna de ayudantes: Katia Spoerer Rodrik "Hacia una Cultura de la Conciencia"

Con fecha 3 de agosto de 2018 se publicó en el Diario Oficial la Ley N 21.100 que Prohíbe la Entrega de Bolsas Plásticas de Comercio en Todo el Territorio Nacional, la cual entró en plena vigencia con fecha 3 de febrero de 2019 (la “Ley”).

El objetivo de dicha Ley es proteger el Medio Ambiente mediante la prohibición a todo establecimiento de comercio, de entregar “bolsas plásticas de comercio” las cuales son definidas en el artículo 2 letra c) de la Ley como aquellas que tengan como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo (polietileno y polipropileno principalmente), exceptuándose aquellas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Sin embargo, la Ley no propone un reemplazo para la bolsa plástica de comercio. Así, debido a los costos asociados a la entrega gratuita de otro tipo de bolsas (por ejemplo de papel o género), los establecimientos de comercio optaron por vender bolsas reutilizables, traspasando al consumidor la responsabilidad de elegir, costear y acarrear la bolsa que le sea más conveniente.

Según cifras entregadas por el Ministerio de Medio Ambiente, las bolsas reutilizables pueden hacer que se reduzca el uso de 200 bolsas de plástico de un solo uso por persona cada año1, sin embargo algunos afirman que dependiendo del material con el que están hechas dichas bolsas, también podrían llegar a ser dañinas para el medio ambiente.

Por ejemplo, la bolsa reutilizable más usada en Chile es la bolsa de Tela No Tejida (TNT), la cual al igual que la bolsa plástica de comercio está hecha de una resina derivada del petróleo llamada polipropileno, no es todo lo resistente que uno desearía, no se puede lavar fácilmente y al final de su vida útil no se puede reciclar en Chile, por lo que también puede terminar en un vertedero o en el océano al final de su vida útil.

También se ha observado un compra indiscriminada de dichas bolsas por parte de los consumidores, muchos de los cuales olvidan acarrear su bolsa y en lugar de aquello compran una bolsa cada vez que lo necesitan, generando cada vez más residuos de difícil eliminación.

Entonces ¿Por qué se sigue permitiendo la venta de bolsas que se producen a partir del petróleo y no se pueden valorizar al final de su vida útil pero no la entrega gratuita? ¿Cuál es el verdadero impacto de esta Ley como solución para eliminar la contaminación por plástico y preservar la naturaleza?

Sin importar cuál de las bolsas contamine más (bolsa plástica de comercio, bolsa TNT, u otra que no pueda ser valorizada), lo cierto es que tarde o temprano todas las bolsas se convierten en un residuo que afecta al medio ambiente; así entramos en una lógica del “mal menor”. Cuando se decide comenzar a eliminar los plásticos para proteger el océano y especies marinas dentro de plazos más o menos acotados, no parece razonable utilizar dicha lógica. Estamos en un punto de no retorno en que la legislación ambiental debe ir más allá y considerar soluciones prácticas definitivas; ya no hay tiempo para la prueba y el error.

Por ejemplo, la Unión Europea prohibirá los plásticos de un solo uso a partir del 2021, y surge la misma pregunta: ¿Cuál será el reemplazo?

Prohibir el plástico no es suficiente; se necesita un sustituto cuya materialidad sea amigable con el medio ambiente, e implementar soluciones verdaderas a largo plazo, incentivando la creación de una economía circular en la cual la generación residuos (tanto plásticos como de otro tipo), desaparezca y haya una garantía de que los ciclos de valorización se cumplen. Mientras la legislación ambiental prohíba sin proponer el modelo de economía circular, continuaremos volviendo al punto de partida.

Sin perjuicio de lo anterior, no hay que mirar la prohibición de las bolsas plásticas de manera aislada. Es evidente que en Chile se está haciendo un esfuerzo por incentivar la economía circular y crear un sistema rentable de valorización de residuos.

El año 2016 se publicó en nuestro país la Ley 20.920 que Establece el Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje (Ley REP). Una vez que la Ley REP comience a operar plenamente y se dicten los reglamentos que establecen metas de valorización de productos prioritarios, los productores de dichos productos preferirán producirlos utilizando materiales que sean valorizados en Chile, incentivando la creación de un nuevo mercado donde prima la reducción de los elementos, se optimiza la producción y se apuesta por la reutilización de los materiales en todo su ciclo de uso2.

Entonces el reemplazo para los plásticos de un solo uso y las bolsas plásticas de comercio ya no solo será un mal menor, y el reemplazo para aquello que se prohíbe, se convertirá en una solución definitiva para el problema de la contaminación.

De esta manera, la Ley REP junto con legislaciones como la que analizamos en este documento, se complementan para crear paulatinamente una economía circular en la que lo barato se reemplace por lo sustentable y lo sustentable pase a ser barato.

Finalmente, es fundamental destacar que si bien la Ley no logra terminar con la generación de residuos derivados de las bolsas plásticas, esta toca un eslabón fundamental para el cambio de paradigma que significa de pasar de una economía lineal a una circular: el consumidor.

La Ley es capaz de educar al consumidor por cuanto introduce la concientización del problema del plástico en un aspecto cotidiano tan banal como comprar comida. Debido a lo anterior, cada vez que una persona va de compras, se representa que las bolsas plásticas contaminan, que el plástico contamina, y que él o ella como individuo, puede colaborar para evitarlo haciéndose parte de una comunidad nacional e internacional que está trabajando por disminuir dicha contaminación y proteger nuestros océanos, bosques y ciudades.

En conclusión, más allá del impacto directo y objetivo de la Ley en cuanto a la disminución de uso de bolsas plásticas per cápita, se debe valorar su capacidad para generar hábitos y educar, siendo este un aspecto crucial para cambiar el modelo socio económico que ha ocasionado los impactos ambientales que hoy queremos revertir.

Estamos en medio de una revolución cultural en cuanto a nuestra relación y conciencia con el medio ambiente, pasando de una cultura de la basura, hacia una cultura de la conciencia y la Ley es solo uno de los mecanismos que ayuda a pavimentar ese camino.

1 Agurto López, C. (2019)

2 Muñoz Abogabir, G. (2019)

Bibliografía

*Las opiniones vertidas en esta sección son personales y no representan al Centro de Derecho Ambiental ni a la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

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